Los equipos
de trabajo (es decir, cualquier máquina, aparato,
instrumento o instalación utilizado en el
trabajo), que hayan sido puestos a disposición
de l@s trabajadoras/es con posterioridad al 31-12-92,
deben cumplir las condiciones de seguridad y salud
establecidas por las directivas europeas, en especial
la 89/655/CEE sobre la seguridad de los equipos de
trabajo. Sin embargo, la transposición de
la Directiva se ha hecho con mucho retraso (Real
Decreto 1215/97 de 18 de Julio. BOE 7-8-97). A partir
del 5 de diciembre de 1998 no se podrán utilizar
equipos de trabajo que no cumplan dicha normativa.
Para saber si el equipo de trabajo cumple la normativa
europea, deberemos comprobar si lleva la marca CE,
normalmente en una chapa de identificación
situada en la parte trasera del aparato.
La empresa debe evaluar previamente las condiciones
y características del trabajo y los riesgos
que presenta, de forma que los equipos que ponga
a disposición de su personal habrán
de ser los adecuados para el trabajo que se va a
realizar, incluyendo las adaptaciones que para la
labor o las personas sean necesarias.
Si los equipos presentan riesgos específicos,
su utilización deberá realizarse por
personas específicamente capacitadas para
ello.
L@s trabajadoras/es deberán ser informad@s
sobre las condiciones de utilización de los
equipos, riesgos que comporten, las situaciones anormales
previsibles, etc. Actualmente los manuales o incluso
meros folletos de instrucciones de muchos equipos
contienen un apartado específico sobre seguridad,
riesgos e instrucciones de utilización. Leer
este apartado nos dará una primera idea sobre
el tema, que podremos ampliar recurriendo a libros,
artículos de revista o pidiendo más
información a nuestr@ Delegad@ de Prevención.
Un problema adicional suele ser que muchos equipos
de trabajo no llegan a manos de las personas que
los van a utilizar acompañados de sus correspondientes
manuales o folletos, sino que estos se quedan aparcados
en el Departamento de Compras, en el despacho de
Dirección, o en la mesa del mando intermedio
de turno. ¡No permitas que esto ocurra! Defiende
tu derecho a conocer con qué trabajas. |