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Equipos de trabajo

Los equipos de trabajo (es decir, cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo), que hayan sido puestos a disposición de l@s trabajadoras/es con posterioridad al 31-12-92, deben cumplir las condiciones de seguridad y salud establecidas por las directivas europeas, en especial la 89/655/CEE sobre la seguridad de los equipos de trabajo. Sin embargo, la transposición de la Directiva se ha hecho con mucho retraso (Real Decreto 1215/97 de 18 de Julio. BOE 7-8-97). A partir del 5 de diciembre de 1998 no se podrán utilizar equipos de trabajo que no cumplan dicha normativa.

Para saber si el equipo de trabajo cumple la normativa europea, deberemos comprobar si lleva la marca CE, normalmente en una chapa de identificación situada en la parte trasera del aparato.

La empresa debe evaluar previamente las condiciones y características del trabajo y los riesgos que presenta, de forma que los equipos que ponga a disposición de su personal habrán de ser los adecuados para el trabajo que se va a realizar, incluyendo las adaptaciones que para la labor o las personas sean necesarias.

Si los equipos presentan riesgos específicos, su utilización deberá realizarse por personas específicamente capacitadas para ello.

L@s trabajadoras/es deberán ser informad@s sobre las condiciones de utilización de los equipos, riesgos que comporten, las situaciones anormales previsibles, etc. Actualmente los manuales o incluso meros folletos de instrucciones de muchos equipos contienen un apartado específico sobre seguridad, riesgos e instrucciones de utilización. Leer este apartado nos dará una primera idea sobre el tema, que podremos ampliar recurriendo a libros, artículos de revista o pidiendo más información a nuestr@ Delegad@ de Prevención.

Un problema adicional suele ser que muchos equipos de trabajo no llegan a manos de las personas que los van a utilizar acompañados de sus correspondientes manuales o folletos, sino que estos se quedan aparcados en el Departamento de Compras, en el despacho de Dirección, o en la mesa del mando intermedio de turno. ¡No permitas que esto ocurra! Defiende tu derecho a conocer con qué trabajas.