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Mujer y Salud

Presentación

El informe del Consejo Económico y Social del Estado Español sobre la protección social de las mujeres, aprobado en Julio pasado, indicaba que "la situación de las mujeres respecto a la salud laboral, en general, y de los sectores y profesiones más feminizados, en particular, constituye un campo de estudio apenas abordado hasta el momento". Según la OCDE , "los riesgos laborales de la mujer son menos visibles y la escasa investigación en torno a los mismos hace que hayan tendido tradicionalmente a ser cubiertos con esquemas compensatorios más que preventivos, en mayor medida aún que los de los hombres".

Invisibilidad de las trabajadoras en la investigación científica: tiene como consecuencia la existencia de puestos de trabajo diseñados para hombres, e incómodos para las mujeres.

Invisibilidad de las dificultades del trabajo tradicionalmente efectuado por mujeres: Son trabajos con multitud de estresores de baja intensidad, fruto de la realización de tareas simultáneas (ejemplo, el minuto de 120 segundos de las profesoras) trabajos altamente repetitivos, de precisión o que comportan con una elevada carga emocional. La mayor parte de esos trabajos utilizan unas supuestas "habilidades femeninas", que no son naturales, sino impuestas por un modo de aprendizaje y de roles sociales. Además, a las mujeres se les exige tener un aspecto atractivo, ser amables, poner buena cara, etc.

El trabajo femenino suele considerarse ligero, sin embargo, una costurera, en su jornada diaria, realiza el mismo ciclo de trabajo 1.500 veces y levanta 400 kg. de tela.

A la hora de acceder a indemnizaciones, se banalizan las situaciones estresantes vividas por las trabajadoras. En otras ocasiones se atribuyen a las hormonas o al trabajo desempeñado en casa lesiones que han sido generadas por unas condiciones de trabajo de riesgo.

Invisibilidad del trabajo de las mujeres en la concepción de las estrategias de prevención: El modelo de prevención centrado en el sector industrial y en los accidentes de trabajo deja de lado los sectores mayoritariamente femeninos y las enfermedades profesionales, tanto las generadas por movimientos repetitivos como las de origen psicosocial, que afectan en mayor medida a las mujeres. Otros problemas como el acoso sexual, o los efectos de los horarios de trabajo y las posibilidades de conciliar la vida laboral y familiar, siendo esta hoy en día responsabilidad mayoritaria de las mujeres.

Circulo vicioso: Como los riesgos que afectan a las mujeres son invisible, no se adoptan estrategias de prevención, los problemas de salud que surgen se achacan a las hormonas, los riesgos existentes en el trabajo no se identifican, por lo que un mayor número de mujeres seguirá enfermando como consecuencia de los riesgos existentes en su trabajo.

Frente a esto, llamamos la atención sobre la necesidad de cambiar la forma de abordar los problemas de género en salud laboral. El modelo de prevención centrado en el hombre que trabaja en la industria, se ha demostrado ineficaz incluso para los hombres que trabajan en la industria. Colocar a la mujer como centro de la actividad preventiva, supondría establecer un estandard de protección más eficaz, para todos y todas, tal y como ha ocurrido con el las recomendaciones técnicas sobre levantamiento manual de cargas, en las cuales el límite en condiciones normales es de 25 Kg., pero si la población es mayoritariamente femenina, o se quiere proteger con mayor eficacia al conjunto de la población laboral, el límite se establece en 15 Kg.

La forma arcaica de proteger la salud laboral de la mujer consistía en restringir su acceso a determinadas labores consideradas como duras o peligrosas. El avance del movimiento feminista y la consagración legal de la igualdad de derechos entre los sexos han acabado con este tipo de proteccionismo mal entendido. Además existe otra idea que está detrás de la eliminación de estas restricciones: la idea de que el riesgo es algo evitable. No es algo natural, ni es algo que convierta al trabajo en una especie de labor heroica. El riesgo debe ser eliminado para que no afecte ni a mujeres ni a hombres.

Otro punto de vista también superado es el de proteger a la mujer con el fin de evitar la transmisión de malformaciones a l@s hij@s. Este tipo de problemas pueden transmitirlos tanto mujeres como hombres, por lo que habrá que cuidar específicamente y para ambos sexos los riesgos que para la reproducción tienen los materiales y los métodos de trabajo.

El embarazo y la lactancia siguen siendo situaciones específicas de la mujer, que requieren una protección especial. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales recoge la obligación empresarial de eliminar los riesgos que puedan afectar a la mujer o al feto así como la obligación de adaptar de forma ergonómica el puesto de trabajo a la nueva situación de su ocupante. Si los riesgos no pueden ser eliminados en su totalidad y existiera riesgo, la trabajadora será destinada a otro puesto sin riesgo, sin merma de sus retribuciones. También se recogen los permisos remunerados para exámenes prenatales y preparación al parto.

Debido a algunas modificaciones fisiológicas que se producen durante el embarazo, algunos de los riesgos que se presentan habitualmente en un puesto de trabajo pueden aumentar. Por ejemplo, la hiperventilación constante a lo largo del embarazo entraña un aumento de la cantidad de tóxicos inhalados. También existe mayor propensión a la aparición de varices durante el embarazo cuando se está de pie durante períodos de tiempo prolongados, y un mayor riesgo de sufrir caídas por la variación de la posición y del centro de gravedad del cuerpo. Además, el ruido afecta al desarrollo normal del feto, por lo que las trabajadoras embarazadas no deben exponerse a ambientes con más de 80 dB.

Los factores de riesgo laboral más importantes durante el embarazo son: las posturas, el hecho de trabajar o no en una máquina industrial, con o sin vibraciones, la carga física, la carga mental, el medio ambiente y los horarios de trabajo.

Por todo ello, en el ámbito de la enseñanza, y como mínimo, debe procederse al cambio de puesto durante el embarazo y lactancia :

  • Cuando se trabaja en contacto directo con niñ@s que pueden transmitir enfermedades infecciosas como la rubéola, el sarampión o la varicela, si no se está inmunizada contra dicho riesgo (sobre todo la rubéola).
  • Cuando se realizan trabajos de limpieza.
  • Cuando se trabaja con máquinas fotocopiadoras.
  • Cuando se está expuesta a radiaciones o sustancias tóxicas.
  • Cuando se trabaja en un ambiente con ruido superior a 80 dB.
  • Cuando el trabajo realizado conlleva un estrés importante.
  • Cuando el trabajo requiera la manipulación de cargas o pesos, adoptar posturas forzadas, o cualquier otra labor que exija un esfuerzo físico importante.
  • Cuando se trabaja en horario nocturno o a turnos, pasando a horario de día

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